Ayudas para invernaderos de la Junta de Andalucía para modernización y transformación de invernaderos de hortalizas, flor cortada y plantas ornamentales.
Son casi quince millones de euros los que se van a destinar al plan de recuperación, modernización y transformación integral de estos tres tipos de negocios.
El plazo finaliza el próximo 20 de octubre.
El trámite se realiza online a través del siguiente enlace.
Requisitos para las subvenciones y ayudas para invernaderos
Las ayudas para invernaderos que se pueden conceder a los beneficiarios finales de este programa se limitan a aquellos que cumplan los requisitos correspondientes:
- Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas de carácter privado, productoras de hortalizas o flores cortadas o plantas ornamentales. Bajo invernadero que sean titulares de una explotación agraria.
- También son subvencionables las inversiones colectivas, personas físicas o jurídicas, de carácter privado, o sin personalidad propia en los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre. Que integren un mínimo de cinco titulares de explotación y cualquier Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, cooperativa o sociedad agraria de transformación. Reconocida por la autoridad competente cuyos socios sean titulares de una explotación agraria de producción de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero.
No serán subvencionables la construcción de invernaderos ex novo
- Los titulares de las explotaciones que quieran construir un invernadero ex novo no podrán ser los beneficiarios finales de estas ayudas. Aunque se podrá destruir un invernadero situado en una localidad y levantar uno nuevo en otra.
- Las ayudas podrán utilizarse para construir un invernadero en una localidad, pero la explotación deberá ser acreditada en la forma que determine la comunidad autónoma.
- En el caso de inversiones para la instalación de un sistema automatizado de riego por goteo o fertiirrigación. Un sistema de recogida de aguas pluviales (canalización y balsa de almacenamiento). Sensores de riego para cultivos hidropónicos, o infraestructuras para la recogida y reutilización del agua de riego. Será requisito adicional para que sean inversiones subvencionables la instalación de un contador de agua para medir el consumo de agua correspondiente a la inversión subvencionada.
- En el caso de que dichas inversiones supongan un incremento neto de la superficie de regadío, se considerarán superficies de regadío aquellas zonas no regadas que en el pasado reciente hayan tenido instalaciones de riego activas.
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