Abierto el plazo de ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género de la Junta de Andalucía a través del IAM (Instituto Andaluz de la Mujer).
Documento 1 y documento 2 a rellenar por la solicitante.
Pueden optar a estas ayudas todas las mujeres que se hayan acogido al Servicio Integral de Atención y Acogida a Mujeres víctimas de violencia de género. Con el fin de ayudar a recobrar y mejorar la situación psicosocial, así como permitir su autonomía.
Requisitos para ayudas a víctimas de violencia de género
- Residir en la Comunidad Andaluza.
- Estar acogidas al Servicio Integral de Atención y Acogida a Mujeres Víctimas de Violencia de Genero. O haberlo sido 6 meses antes de la solicitud.
- Que los ingresos que perciba sean menores al SMI, Salario Mínimo Interprofesional.
- Un informe positivo del equipo técnico que le haya atendido. Redactado por el Centro Provincial de la Mujer o Servicio Integral de Atención y Acogida a Mujeres Víctimas de Violencia de Género.
- No haber recibido esta ayuda antes.
- Estar al día con la Seguridad Social.
- No convivir con la persona agresora.
Detalles que influyen en la cantidad a percibir de la ayuda
- Ingresos mensuales de la unidad familiar.
- Discapacidad de la mujer que solicita la ayuda.
- Responsabilidad familiar, si tiene personas a su cargo, menores de edad u otros miembros hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad.
- Vivienda, se valorará según el tipo de situación, alquiler, alojamiento de acogida, …
- Redes de apoyo, se tendrá en cuenta la situación de vulnerabilidad. Si carece de familiares, personas de colectivos más vulnerables, tener algún tipo de enfermedad crónica o llevar más de 2 años en el paro.
¿Dónde solicitar las ayudas a víctimas de violencia de género?
Página web: www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer
Sedes del Instituto Andaluz de la Mujer o sus centros provinciales.
Documentación necesaria
- DNI, NIE o pasaporte.
- Cuenta bancaria exclusiva de la persona que solicita la ayuda.
- En caso de discapacidad, certificado de la misma.
- Si tiene familiares a su cargo: libro de familia y/o documentos acreditativos.
- Para vivienda, contrato de alquiler (si lo hay).
- Informes de trabajadores/as sociales si fuese necesario.
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